¡TU SEGURO COMERCIAL!

Protege tus compras y ventas, contra Estafas e Incumplimientos.

P A G O T I C O

«ES UN SEGURO QUE PROTEGE A COMPRADORES Y VENDEDORES, EN LA MISMA TRANSACCIÓN. «

CÓMO FUNCIONA

Se acuerdan los términos

Comprador paga a través de Pagotico

Vendedor entrega el bien o servicio

Comprador verifica y lo acepta

Pagotico paga al Vendedor

COMERCIOS AFILIADOS

¿DONDE USAR PAGOTICO?

Clasificados en Línea

Compra y vende en cualquier clasificado.

Comercios Físicos

En todo tipo de comercios.

Tiendas en Línea

E-commerce en General.

Servicios

Paga y cobra, en todo tipo de servicios.

Costa Rica➧

SUGEF

Ente Regulador

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“La inscripción de Pagotico Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica n° 3-102-879152, ante la Superintendencia General de Entidades Financieras no es una autorización para operar,
y la supervisión que ejerce esa Superintendencia es sólo en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la
proliferación de armas de destrucción masiva, según lo dispuesto en la Ley N° 7786,“Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo”. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa los negocios que ofrece y realiza la empresa, ni su seguridad, estabilidad o solvencia. Las personas que contraten sus productos y servicios lo hacen bajo su cuenta y riesgo.”

UIF

Reporte de Operaciones Sospechosas

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El registro de Pagotico Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica n° 3-102-879152, ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), se establece con el único fin de que el sujeto obligado pueda estar habilitado para reportar operaciones sospechosas (ROS), y reportes de operaciones en efectivo (ROE). Sujeto Obligado N. 651.

Ley Nº 7786

Sujetos a regulación y supervisión

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Según lo dispuesto por la Ley 7786, las personas físicas y jurídicas que realicen las actividades dispuestas en los artículos 15 y 15 Bis de la Ley 7786, deben de inscribirse ante esta Superintendencia y estar sujetos a la regulación y supervisión únicamente sobre los temas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. Estas actividades se conocen como «Actividades y profesiones no financieras designadas» (APNFD).

Ley Nº 8204

Política conozca a su cliente

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Los sujetos obligados deben adoptar la política “Conozca a su cliente” como un conjunto de procedimientos y directrices para que puedan, de manera efectiva identificar a sus clientes y verificar y monitorear las operaciones financieras en las que participen, en relación con los riesgos y prácticas de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo que plantean.

MARCO NORMATIVO

MEIC y pagotico

Inscripción al Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Condición PYME

Clientes B2B

PREGUNTAS CLAVE

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